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Si a usted se le acusa ya sea de un delito menos grave o de una infracción menor, (los cuales son delitos penales) usted debe comparecer en el tribunal en la fecha y a la hora anotada en su citatorio o en su orden judicial. La falta de comparecencia a cualquier audiencia en el tribunal puede resultar en que se emita una orden para su arresto.
La primera audiencia será la lectura de cargos. La lectura de cargos es el momento en que usted puede declararse de una de las siguientes formas:
Culpable
No Protesto los Cargos
No Culpable
Cuando la declaración es de No Culpable, la segunda comparecencia en el tribunal será para una Conferencia Preliminar. Esa es una oportunidad para que usted se reúna con los fiscales para conocer las pruebas en su contra (ver y ordenar copias de informes de policía, declaraciones de testigos, etc.) y para negociar una resolución de su caso si así lo desea.
La tercera comparecencia en el tribunal es un juicio. Los casos que llenan los requisitos para juicio por jurado son:
Manejar bajo la influencia
Hurto en tienda y robo
Entre otros
Las víctimas tienen el derecho de estar presentes y de que se les oiga en todas las etapas del proceso.